Gestión de novedades de nómina - escolaridad

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la aplicación de la novedad mediante la cual se verifica, modifica y controla las prestaciones de sobrevivientes o sustitución concedidas a los beneficiarios con la condición de estudiantes. De acuerdo con el concepto jurídico 2019_409270 de 11 de enero de 2019, se determinó que los hijos mayores que tienen una profesión y oficio que pueden vincularse al mercado laboral, pierden la calidad de beneficiarios en condición de estudiantes.

TELEFÓNICO

  • Call center (601) 4890909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en Bogotá.
  • Línea gratuita 018000410909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en el resto del país.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

Como respuesta se obtiene inclusión de la novedad solicitada en la nómina de pensionados.

En un término de 15 día(s) - hábil(es).

Puede hacer seguimiento al trámite con el número de radicado, a través de los siguientes canales:

Telefónico:

  • Call center (601)4890909.
  • Línea gratuita 018000410909.

Presencial:

  • En los puntos de atención Colpensiones.

Virtual:

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir los documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el trámite.

Nota: Para gestionar los trámites asociados a escolaridad, se debe diligenciar la sección 2 del formulario marcando la opción correspondiente. Cuando se requiere hacer una actualización de escolaridad por modificación de documento, se debe diligenciar adicionalmente la sección 1. Cuando el ciudadano autoriza el envío de información a su correo electrónico, debe marcar en la sección de datos básicos "autorizo a Colpensiones a enviar la información que considere oportuna y necesaria al correo" con "Sí".

  • Fotocopia de documento de identidad del pensionado o beneficiario de la pensión.

Nota: Al momento de radicar la documentación se debe presentar documento de identificación original.

  • Certificado de escolaridad original para los hijos del solicitante con edades entre los 18 y 25 años, expedido por la institución educativa con vigencia no superior a seis meses

Nota: Para programas que se estén cursando en el exterior se deberá allegar constancia de que la institución educativa está certificada por la autoridad competente para operar en ese país. Este documento debe estar apostillado y traducido al idioma español, por un traductor oficial del ministerio de relaciones exteriores (Ley 1574 de 2012).


Cuando el ciudadano manifieste condición de enfermedad catastrófica, presentar:

  • Comunicación oficial recibida (original) con soportes por enfermedades catastróficas.

Nota: El documento se vuelve obligatorio, cuando el ciudadano aporta la comunicación en la que manifiesta su condición.

Cuando el ciudadano solicita que sea notificado por medio de correo electrónico, presentar:

Nota: Descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional. Se vuelve obligatorio cuando se autoriza la notificación por correo electrónico en el formulario de novedades de pensionado y/o beneficiario.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

En caso en que la solicitud sea realizada por tercero autorizado, presentar:

  • Fotocopia de documento de identidad del tercero autorizado.

Nota: Al momento de radicar la documentación, se debe presentar documento de identificación original.

Nota: Las autorizaciones a terceros deben especificar las funciones y/o trámites que puede realizar el titular de este documento, para lo cual puede tomar como referencia el modelo presentado.


En caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de apoderado, presentar: 

  • Fotocopia de documento de identidad del apoderado.

Nota: Al momento de radicar la documentación, se debe presentar documento de identificación original.

  • Poder en original cuando es poder especial o copia cuando es poder general.

Nota: Debidamente conferido, con presentación personal ante notario público o escritura pública del poder general, teniendo en cuenta el tipo de poder que se otorga.

  • Fotocopia de la tarjeta profesional del abogado apoderado.

Nota: Recuerde que puede agendar una cita previa a través de la página de Colpensiones antes de asistir a un punto de atención para agilizar su trámite, sin embargo, no es obligatorio para el ciudadano.


¿Qué se debe hacer?

1. Reunir los documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el trámite.
2. Radicar los documentos requeridos para el trámite, en cualquier punto de atención Colpensiones o a través de la página web.
3. Recibir comunicación de respuesta del trámite.

Para quienes autoricen la notificación por correo electrónico, la misma le llegará al email relacionado en la autorización. En caso contrario, deben acercarse a cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional a recibir la información.

  • Ley 100 de 1993 (Artículo 47 Literal c) "Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones"
  • Ley 1574 de 2012 (Títulos, capítulos o artículos) "Por la cual se regula la condición del estudiante para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes".
 
 

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