Solicitud de radicación de conciliación
Entidad responsable
¿Qué es y Para Qué Sirve?
La Personería de Bogotá creó el aplicativo Conciweb, para que los ciudadanos puedan radicar las solicitudes de audiencias virtuales de conciliación desde cualquier parte y que tenga acceso a internet.
TELEFÓNICO
Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
Solicitud de conciliación virtual.
Si quiere que sea de manera virtual, puede seguir las instrucciones indicadas en el numeral 2 del siguiente link: Audiencias Virtuales de Conciliación; y para conocer los temas en los que la Personería adelanta conciliaciones, pulse aquí.
Como requisito para la conciliación virtual debe realizar la descarga y diligenciamiento de formulario de conciliación, digitalización de la cédula de ciudadanía, anexar en digital los documentos que estime convenientes, que según el caso son necesarios para dirimir la controversia; dichos documentos digitalizados que deberán remitirse al enlace: https://conciweb.personeriabogota.gov.co.
La solicitud será estudiada para trámite y será programada la audiencia virtual; siempre y cuando cumpla con todo lo requerido.
Solicitud Virtual de Copias y Constancias.
Se recibirá la radicación de solicitudes de audiencias virtuales de conciliación, a través del siguiente enlace: Solicitud de Conciliación Vía Web.
App Personería Bogotá Servicios - descárguela desde AppStore (Iphone) o PlayStore (Android) - más servicios a un click de distancia.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónLos servicios que ofrece la Personería son gratuitos.
La dirección de conciliación y mecanismos alternativos de solución de conflictos, genera material para realizar sensibilizaciones dirigidas a la comunidad en temas referentes a la conciliación y que son de interés de la gran mayoría, por guardar relación directa con los temas en materia civil y de familia que, en mayor cantidad se radican en cada punto de atención.
Importante.
Por mandamiento legal no se recibirán las siguientes solicitudes:
- Cuantía superior a 100 salarios mínimos legales vigentes.
- Las de naturaleza contencioso-administrativa, es decir, donde sea parte el estado o se tenga que conciliar sobre bienes o recursos públicos.
- Las de naturaleza laboral, honorarios y prestación de servicios profesionales, que pueden ser conciliadas extrajudicialmente únicamente en el ministerio de trabajo.
- La insolvencia económica, de personas naturales, no comerciantes, únicamente se pueden realizar en centros de conciliación en sitios autorizados por el ministerio de justicia y del derecho. (Ley 1564 de 2012).
- Asuntos donde se compromete el estado civil de las personas.
- Simulación de contratos.
- Nulidades.
- Sucesiones.
- Prescripciones.
Ley 2220 de 2022. - "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Conciliación y se dictan otras disposiciones".
Resolución 1166 del 29 de octubre de 2018 - "Por la cual se actualiza el reglamento interno del Centro de Conciliación de la Personería de Bogotá D.C."
Ley 1564 de 2012. - "Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones".
Ley 1395 de 2010. - "Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial".
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