Revisión y Aprobación de Estudios de Transporte y Tránsito (ETT) y Estudios de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU)
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Que trata la Resolución número 132490 de 2023, para ejecutar el proyecto urbanístico aprobado en la licencia de construcción o para dar continuidad al trámite del instrumento de gestión que curse ante la Secretaría Distrital de Planeación.
TELEFÓNICO
- Asesoría técnica: (601) 364-94-00 ext. 8308. Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- Ventanilla única de construcción.
- Chatea con nuestro asesor en línea Clic Aquí.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónA partir de la entrada en vigencia de la Resolución 081 de 2021, el costo del trámite de revisión de Estudios de Transporte y Tránsito es de 125 UVT y el trámite de revisión de Estudios de Demanda y Atención de Usuarios tiene un costo de 62 UVT.
Obtener el concepto de viabilidad por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad del Estudio de Transporte y Tránsito o Estudio de Demanda y Atención de Usuarios.
Tiempo de revisión del estudio: Cuarenta y cinco (45) días hábiles, para proyectos urbanísticos y arquitectónicos en el Distrito Capital.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Nombre | Cantidad | Característica |
Oficio remisorio dirigido a la Subdirección de Infraestructura de la Secretaría Distrital de Movilidad. | 1 | El oficio debe ser suscrito por el responsable del proyecto indicando nombre del proyecto, dirección del predio, nombre del promotor del proyecto o responsable, dirección de correspondencia, informando si se trata de Estudio de Transporte y Tránsito (ETT) y Estudio de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU). |
Formato de solicitud del trámite debidamente diligenciado y radicación calificada disponible en la Ventanilla Única de la Construcción. | 1 | Aplica cuando el estudio, radique de manera virtual a través de la VUC. |
Estudio de Transporte y Tránsito (ETT) y Estudio de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU). | 1 | El estudio debe contener los aspectos establecidos en el Anexo 3 de la Resolución 132490 de 2023, puede radicarse físico o en medio magnético. |
Anexos: Planos, registro y procesamiento de información primaria, archivos de modelación en software de tránsito, memorias de cálculo, registro fotográfico. | N/A | Los anexos deben documentar la información relacionada en el Anexo 3 de la Resolución 132490 de 2023, pueden radicarse físico o en medio magnético. |
El contenido del Estudio de Transporte y Tránsito o Estudio de Demanda y Atención de Usuarios se relaciona en el Anexo 3 de la Resolución 132490 de 2023.
¿Qué se debe hacer?
Momentos:
- Solicitud asesoría previa opcional (presencial o virtual). Ventanilla Única de la Construcción o radicación física o virtual a través de los canales disponibles. La solicitud de agendamiento de cita, a través de la VUC, es opcional para solicitar asesoría previa o revisión previa del Estudio de Transporte y Tránsito o Estudio de Demanda y Atención de Usuarios.
- Radicación de metodología para toma de información primaria y elaboración del estudio para obtener recomendaciones de parte de la entidad para atender cada uno de los aspectos contenidos en el Anexo 3 de la Resolución 132490 de 2023.
- Radicación del Estudio de Transporte y Tránsito o Estudio de Demanda y Atención de Usuarios.
- Si el Estudio de Transporte y Tránsito o Estudio de Demanda y Atención de Usuarios tiene observaciones, el ciudadano podrá subsanarlas en un tiempo de treinta (30) días a partir del recibo del oficio de observaciones.
- Constitución Política, Artículo 2
- Numeral 7 del artículo 99 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 182 del Decreto Ley 19 de 2012
- Artículo 100 de la Ley 388 de 1997
- Artículo 101 de la Ley 769 de 2002
- Artículos 17, 18, 47 y 90 de la Ley 1437 de 2011
- Resolución 462 de 2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
- Artículos 5, 6 y 12 del Decreto Distrital 619 de 2007
- Decreto Distrital 058 de 2018
- Decreto Distrital 672 de 2018
- Decreto Distrital 555 de 2021
- Resolución 132490 de 2023 Por medio del cual se reglamenta el procedimiento, requisitos y plazos para la formulación y aprobación de los estudios de movilidad, las acciones de mitigación sobre la movilidad y se dictan otras disposiciones
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