Renuncia parcial o total a licencias no remuneradas para docentes.

¿Qué es y para qué sirve?

Si usted como docente o directivo docente de la Secretaría de Educación del Distrito, le fue concedida licencia no remunerada mediante acto administrativo y desea renunciar a esta, ya sea total o parcialmente, debe hacer la solicitud a la oficina de personal de la entidad.

Realizar la solicitud en línea a través de a la página web de la Secretaría de Educación del Distrito.


TELEFÓNICO

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

La respuesta será enviada dentro de los quince (15) días hábiles a la Dirección Local de Educación, a la que pertenece el docente, coordinador o director docente.

Consultar el estado de su trámite.

Para dar por terminada la licencia ordinaria o no remunerada antes del tiempo previsto, el docente se presenta a la institución educativa e inicia labores y solicita la certificación del superior inmediato en la que indique la fecha exacta de inicio de labores.

Teniendo en cuenta los tiempos que se requieren para el reporte de novedades y la fecha de radicación de la solicitud de renuncia parcial o total de la licencia, la situación administrativa será reportada una vez se encuentre en firme el acto administrativo, por lo tanto, los ajustes necesarios se reflejarán en el proceso de liquidación de la nómina del mes siguiente.


¿Qué se debe hacer?

Realizar la solicitud en línea a través de a la página web de la Secretaría de Educación del Distrito opción Servicio a la ciudadanía – Docentes – Comisiones, licencias e incapacidades e ingresando en el siguiente enlace: http://fut.redp.edu.co/FUT-web/#/fut/34/Docentes.

NormaDescripción

Decreto 2277 de 1979

Por el cual se adoptan normas sobre el ejercicio de la profesión docente. Artículo 63

Decreto 1278 de 2002

Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente. Artículo 59

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