Concepto técnico - Visitas de inspección

¿Qué es y para qué sirve?

El concepto técnico emitido por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá mediante una visita o inspección técnica ocular para la revisión del sistema de protección contra incendios (SPCI) y las condiciones de seguridad humanas (SH) en edificaciones y establecimientos.

INSPECCIÓN.

El Concepto Técnico de Bomberos es la apreciación técnica emitida por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, a través de la cual se revisan las condiciones de seguridad humana, riesgos de incendio, materiales peligrosos y sistemas de protección contra incendios que se presentan en las edificaciones o establecimientos del distrito. También se realizan las pruebas de presión a las redes hidráulicas del establecimiento. Dirigido a: Todos los sectores.

TELEFÓNICO

  • Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea de emergencias: 123 - 24 horas.
  • Edificio comando de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm, jornada continua. 601 382 25 00 ext. 40101 y 40102.
  • SuperCADE SUBA Y AMERICAS: Lunes a viernes de 7:00 am a 1:00 pm y de 2:00 pm a 4:30 pm y sábados de 8:00 am a 12:00 M; SuperCADE CRA 30: Lunes a viernes de 7:00 am a 4:30 pm jornada continua y sábados de 8:00 am a 12:00 M, 601 382 25 00 Américas  ext. 40113,  CAD  KR 30 ext. 40110, Suba ext. 40111.
  • Celular de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm jornada continua 3164739599.
  • WhatsApp de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm jornada continua 3174043709.
  • Si requiere soporte en el portal, por favor comuníquese al número 601 382 25 00 Ext. 40100, 40101, 40102, 40110, 40111, 40112 y 40113.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • El valor a pagar es el equivalente a 2 salarios mínimos diarios legales vigentes, este monto debe ser cancelado por cada sucursal o sede que tenga la empresa.
  • En caso de requerir una copia es necesario radicar la respectiva solicitud en la sede administrativa Cuerpo Oficial Bomberos, la copia no tiene costo.
  • El valor a cancelar será el establecido en el Acuerdo 11 de 1988, Capítulo IV, y el acuerdo 9 de 1992.
  • La tarifa para acceder al trámite equivalente al uno por ciento (1%) liquidado sobre el valor del impuesto de Industria y Comercio del año anterior, más el equivalente a un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento. Para establecimientos nuevos bajo la razón social que paga con esta regla, la tarifa será un (1) salario mínimo legal vigente diario por cada establecimiento.
  • La tarifa por los servicios de inspección que presente a los contribuyentes que están exentos de declarar ICA, será dos (2) salarios mínimos legales vigentes diarios por cada establecimiento.

El Concepto Técnico de Bomberos tiene vigencia de un año a partir de la visita de inspección.

45 días hábiles

Se le asignará una visita dentro del término de los 30 días hábiles posteriores a la radicación de la solicitud de inspección. 

Los Cuerpos de Bomberos como entidad competente, tendrán un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles para resolver las solicitudes de expedición del presente certificado, pronunciándose sobre su aprobación o negación, contados desde la fecha en que la solicitud haya sido radicada en legal y debida forma.

10. Si el establecimiento se encuentra clasificado en riesgo alto, a partir de la fecha de registro y dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, desde la Subdirección de Gestión del Riesgo de la entidad, se programa visita.

El concepto de seguridad estará disponible en la oficina de Servicio a la Ciudadanía dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a realizada la visita.

Capacitación LMS:

Si el establecimiento se encuentra clasificado en riesgo bajo llegará al correo registrado por la ciudadanía en el portal de servicios, un usuario y contraseña para que realice la capacitación, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la aprobación del recibo de pago.

Virtual, presencial, telefónico, WhatsApp.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Si no tiene claridad de la información de su establecimiento, el día de la cita presente la siguiente documentación:

Representación legal VIGENTE del establecimiento a certificar o documento que acredite su existencia y funcionamiento, que contenga como mínimo nombre del establecimiento, razón social, NIT y dirección.

Consultorios o prestadores de salud: Certificado de Existencia y representación legal expedido por Cámara de Comercio Bogotá, en caso de NO contar con dicho certificado, presentar el Registro Especial de Prestadores de Servicios de salud (REPS) o la habilitación de prestadores de servicios de salud, acompañado del RUT. 

  • Para los establecimientos declarados como propiedad horizontal, personería jurídica expedida por la Alcaldía Local. 

  • Jardines Infantiles vinculados a la Secretaría Distrital de Integración Social: Presentar Personería Jurídica o Resolución expedida por la Secretaría Distrital de Integración Social, junto con un recibo de servicio público donde se refleje la dirección donde requiere la visita. 

Si es declarante: Declaración de impuesto de industria y comercio vigente. 

Bomberos Bogotá generará el recibo de código de barras, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud por parte del ciudadano:

Los recaudos por este concepto únicamente se deben realizar en las ventanillas de cualquier sucursal del banco de occidente.

Descargar e imprimir en impresora láser el recibo de código de barras y  realizar el pago directamente en una sucursal del banco de occidente.

Ingresar al portal de servicios, módulo “mis pagos” y seleccionar la solicitud a la cual requiere hacer el cargue del recibo, seleccionar la opción “cargar recibo” y adjuntar el PDF del recibo que cuente con el timbre o sello legible del banco.

Desde servicio a la ciudadanía y de acuerdo al orden de llegada de las solicitudes se realiza revisión, aprobación o solicitud de corrección o aclaración.

La ciudadanía debe verificar si debe corregir o aclarar información con relación al pago realizado.

Si la solicitud es aprobada, de acuerdo con las características del establecimiento, el sistema realiza automáticamente la clasificación del mismo en:

  • Riesgo Bajo.
  • Riesgo Moderado.
  • Riesgo Alto.

Capacitación LMS:

  • Una vez realizado el curso virtual, se realiza revisión y aprobación para continuar el proceso de autorrevisión en el portal de servicios.
  • El certificado de seguridad estará disponible en el portal de servicios, una vez sea diligenciado del formulario de AUTO-REVISION.
  • 13. Si la ciudadanía participa en la feria de servicio, recibirá la capacitación de manera presencial, y posterior al diligenciamiento del formulario de AUTO-REVISION recibirá el certificado de seguridad.

RECUERDE: NUESTROS TRÁMITES Y SERVICIOS NO REQUIEREN DE INTERMEDIARIOS.

COMO ACCEDER AL SERVICIO:

Liquidación, Dirigido: A quien requiere el concepto técnico de Bomberos. 

  • Ingresar al portal de servicios, a través del cual, y en marco del principio de corresponsabilidad, la ciudadanía puede autogestionar su trámite: https://servicios.bomberosbogota.gov.co/home_gdr.
  • Para garantizar el trámite a través del portal de servicios, la ciudadanía debe contar con los datos del establecimiento e ingresar la información clara y correcta, ya que de esta depende el adecuado trámite de su requerimiento.
  • En los SuperCADE se atenderá máximo un (1) trámite por turno, si el ciudadano trae más de dos (2) trámites deberá acercarse a los informadores que le emitan nuevo turno, no se atenderán turnos seguidos con el mismo ciudadano (a); la misma información está direccionada para el punto principal Calle 20 68A 06.
  • A nivel general, la principal normativa que se revisa durante las inspecciones es el Acuerdo 20 de 1995, NSR-98 y NSR10, Resolución 1016 de 1989, acuerdo distrital 341 de 2008, Resolución, las cuales aplican según el periodo constructivo de la edificación.
  • Señor ciudadano absténgase de aceptar y ofrecer dádivas a los funcionarios para los temas relacionados con los planes de emergencias de los establecimientos, evite sanciones o multas por parte de las autoridades policivas, cualquier consulta para la elaboración del plan de emergencias puede realizarla a través de la página https://www.sire.gov.co/guias.
  • Solo se realiza una visita técnica al establecimiento, de ser requerido una nueva visita, deberá iniciarse el procedimiento de nuevo.
  • Los documentos que radique serán devueltos una vez se haya realizado la liquidación, no se requiere llevar fotocopias.
  • El concepto técnico será entregado con el original del recibo de caja (no fotocopia), en caso de pérdida el usuario deberá interponer el denuncio correspondiente y presentarlo para reclamar el concepto.
  • Acuerdo 20 de 1995: "Por el cual se adopta el Código de Construcción del Distrito Capital de Bogotá, se fijan sus políticas generales y su alcance, se establecen los mecanismos para su aplicación, se fijan plazos para su reglamentación prioritaria y se señalan mecanismos para su actualización y vigilancia", NSR-98 y NSR10.
  • Resolución 1016 de 1989:  "Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país".
  • Acuerdo Distrital 341 de 2008, "Por el cual se adiciona el Acuerdo No. 30 de 2001 y se establece la realización de un simulacro de actuación en caso de un evento de calamidad pública de gran magnitud con la participación de todos los habitantes de la ciudad", las cuales aplican según el periodo constructivo de la edificación.
  • El trámite es regulado por:
  • Acuerdo 11 de 1988"Por el cual se reforma la estructura tributaria Distrital y se dictan otras disposiciones, Artículo 28°".
  • Las tarifas del Fondo de Bomberos de que trata el: Decreto 1561 del 29 de agosto de 1979.
  • Para la visita técnica:
  • Ley 1575 de 2012  "Por medio de la cual se establece la Ley General de Bomberos de Colombia".
  • Resolución Min-Interior 661 de 2014 "Por la cual se adopta el Reglamento Administrativo, Operativo, Técnico y Académico de los Bomberos de Colombia".
  • Ley 1575 del 21 de agosto de 2012, Artículo 196. "Por medio de la cual se establecen y dictan los lineamiento técnicos asociados con la liquidación de tarifas públicas institucionales para los Cuerpos de Bomberos, en el ejercicio de: Visitas Técnicas Oculares, Pruebas Hidráulicas en Sistemas de Protección Contra incendios y Revisión de Diseños en Proyectos de Construcción".
  • Resolución Min-Interior 661 de 2014"Por la cual se adopta el Reglamento Administrativo, Operativo, Técnico y Académico de los Bomberos de Colombia".
  • Artículo 200." Términos para resolver las solicitudes para la expedición del certificado de protección contra incendios y seguridad humana, cuando el tamaño o complejidad del proyecto lo meriten, el plazo para resolver la solicitud de certificado de que trata este artículo podrá prorrogarse por una sola vez hasta por la mitad del término establecido mediante acto administrativo de trámite que solo será comunicado por el Cuerpo de Bomberos".

Otros Trámites y Servicios relacionados

Revisión de proyectos

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Revisión sobre planos de condiciones de seguridad humana y sistemas de protección contra incendio, que incluyen la revisión del...

Pirotecnia en eventos

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
El auge en eventos realizados en espacios abiertos como cerrados con el uso de pirotecnia, la Unidad Administrativa Cuerpo...

Capacitación a pirotécnicos

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Programa de capacitación para empresas de pirotécnicos, que tiene a cargo el uso de materiales o artículos pirotécnicos en...