Cambio de motor de maquinaria agrícola industrial y de construcción autopropulsada.

¿Qué es y para qué sirve?

Legalización del cambio de motor de maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada.

Dirigirse a un punto de atención VUS (Ventanilla Única de Servicios).


TELEFÓNICO

  • Call center (601) 291-69-99, horario de atención: lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Derechos del trámite: Cambio de motor - carro, moto y maquinaria agrícola, de construcción e industrial autopropulsada $197.200.

 Tarjeta de registro con la nueva característica registrada.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica.
  • Formulario  de solicitud de trámites del registro nacional de maquinaria agrícola, y de construcción autopropulsada
  • Documento que pruebo el cambio de la característica a modificar.
  • Donde debe especificarse plenamente la identificación del motor.
  • Declaración de importación del motor sustituto: Donde debe especificarse plenamente la identificación del motor.
  • Tarjeta de registro.
  • Certificado de instalación del sistema de posicionamiento global (GPS) u otros dispositivos de seguridad y monitoreo electrónico: 1 Copia(s).

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe: 

Cuando el motor no es nuevo:

  • Certificación emitida por la DIJIN: En la que se constate su procedencia.
  • Contrato de compraventa: Donde deberá estar plenamente identificado el motor.

En caso de que el motor a instalar carezca del número de identificación:

  • Se tomará el código alfanumérico del chasis de la maquinaria.

¿Qué se debe hacer?

Pasos para realizar este trámite:

Antes de dirigirse a un punto de atención VUS (Ventanilla Única de Servicios), por favor lea las siguientes instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

Programe su visita.

Si cumple con los requisitos del trámite y desea realizarlo, debe agendar una cita con anterioridad en la VUS de su preferencia.

  • Para agendar es necesario crear una cuenta. Si ya la tiene, inicie sesión con su número de documento y contraseña. Dando clic aquí.
  • Circular 2019004200503511 de 2019, (Todos)
  • Resolución 2020203040016055 de 2020, (Artículo 1)
  • Decreto 2360 de 2019, (Todo)
  • Resolución 1155 de 2014, (Artículo 4)
  • Circular 20144010289831 de 2014, (Toda)
  • Resolución 405 de 2009, (Artículo 2)
  • Circular 20144010489341 de 2014, (Toda)
  • Resolución 1068 de 2015, (Artículos 15, 24) Resolución 405 de 2009, (Artículo 2)
  • Resolución 1068 de 2015, (Artículo 13, 24)
  • Resolución 2020203040016055 de 2020, (Artículo 1)
  • Circular 20194200503511 de 2019, (Todos)

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