Asignación de un local o bodega en una Plaza Distrital de Mercado

¿Qué es y para qué sirve?

Tiene como propósito contribuir a la generación de empleo e ingresos, así como el aprovechamiento productivo de los espacios públicos para la seguridad alimentaria.

TELEFÓNICO

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • (601) 297 60 30 ext. 320.

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PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

  • Tarifas: Los valores de la tarifa para participar en jornadas de mercado Itinerante se establecen de acuerdo con la circular emitida anualmente por la dirección general del Ipes, la cual considera entre otros aspectos: plaza, área del espacio, ubicación, y actividad económica a desarrollar. El valor que regirá para el año 2023 por jornada, se relaciona en cada una de las circulares, las cuales se pueden consultar en la página web del Ipes. El trámite de la solicitud no tiene costo y se activa con la presentación del documento de identidad del interesado y el soporte de pago del valor correspondiente al espacio a utilizar, quien debe ser un campesino o población de especial protección constitucional.

La asignación de un puesto, local o bodega en una de las diecinueve (19) plazas de mercado, administradas por el Instituto para la Economía Social - IPES.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Anexar los soportes relacionados a continuación, que se encuentran en el siguiente link: ipes.gov.co/index.php/programas/plazas-de-mercado

  • PM03-FO-001 Hoja de vida del postulante a espacio en PDM
  • PM03-FO-002 Plan de Negocio PDM
  • PM03-FO-003 Información financiera (solo aplica para espacios, los cuales su canon de arrendamiento sea menor a 5 SMLDV)
  • Modelo de solicitud
  • Video de 1 minuto presentándose

Para los postulantes que hayan sido o sean comerciantes en PDM, estar al día en sus obligaciones.

Adicionalmente, Anexar los siguientes documentos:

Documentos generales:

1a. persona natural: Copia legible de documento de identidad del postulante.
2. Copia del RUT actualizado con la actividad económica que pretende realizar en la plaza de mercado.
3. Copia del RIT actualizado con la actividad económica que pretende realizar en la plaza de Mercado.
4. Documento que certifique situación militar definida. (solo para hombres menores de 50 años de edad).
5. Formato propuesta de negocio, completamente diligenciado y firmado por el postulante (formato suministrado por el IPES)
6. Otros documentos que el postulante anexe y que certifique experiencia en la actividad de propuesta de negocio, tales como: certificaciones comerciales, experiencia descrita en Cámara de Comercio. Tiempo de experiencia calculado sobre contratos con la entidad con la misma actividad.
7. Video de presentación de la propuesta del solicitante (Max. 1 min).

Documentos para determinar la capacidad de pago de la retribución económica mensual (ver nota al final de la relación de los grupos).

Clasificación espacios.

Valor de retribución económica.

Documentos a presentar.

GRUPO 1Menor a 5 SMLDVDeclaración sobre la información financiera del postulante, a través del formato de análisis financiero diligenciado y firmado, en formato suministrado por el IPES
GRUPO 2Mayor o igual a 5 SMLDV y menor a 17 SMLDVEstados financieros con corte al trimestre fiscal inmediatamente anterior, certificados por contador público fotocopia de la tarjeta profesional del contador público que acredita los estados financieros antecedentes de la unidad administrativa especial (Junta Central de Contadores) del contador público que acredita los estados financieros extractos bancarios de los últimos tres meses (opcional)
GRUPO 3-Mayor a 17 SMLDV

Estados financieros (balance general con notas a los estados financieros, estado de resultados, con corte al trimestre fiscal inmediatamente anterior) certificados por contador público.

Fotocopia de la tarjeta profesional del contador público que acredita los estados financieros antecedentes de la unidad administrativa especial (Junta Central de Contadores) del contador público que acredita los estados financieros

Extractos bancarios de los últimos tres meses
Declaración de renta del último año gravable o declaración de persona natural no obligada a declarar renta
Certificado de Cámara de Comercio (si aplica)
Certificado de tradición y libertad del bien inmueble (cuando lo haya)

Nota: Retribución a la que se obligará el futuro comerciante, ante la eventual suscripción de un contrato de uso y aprovechamiento económico del espacio público en PDM, acorde a la tarifa vigente a la fecha de la firma del contrato, según grupos, que corresponde plaza, área del espacio, ubicación, y actividad económica a desarrollar. 

  • El usuario(a) de un espacio en plaza distrital de mercado está obligado(a) a cumplir normas legales vigentes relacionadas con el manejo adecuado de alimentos y/o específicas de acuerdo con la actividad económica desarrollada.
  • El uniforme es un elemento de protección para el personal que labora en la plaza, sin embargo, el Ipes no es el responsable de la venta ni entrega de dicho elemento. Corresponde a la decisión de cada comerciante de realizar la inversión.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Certificado de existencia y representación legal Cámara de Comercio no superior a 30 días. Adjuntar fotocopia cédula del representante legal.
  • Si tiene conocimiento de hechos de corrupción presentados en algún momento del trámite a su solicitud, denunciar a través de la página Web del IPES o comuníquese a la línea 601 297 60 30 extensiones  309 - 311.

Selección con preferencia:

El IPES-, en desarrollo de sus competencias, podrá seleccionar de manera preferente a: 

a. Postulantes que demuestren su calidad de pequeños productores agrícolas con interés de abrir espacios de comercialización en Bogotá.

b.Postulantes con producción agrícola vinculados a programas o proyectos de organizaciones internacionales, entidades nacionales o departamentales, que manifiesten su intención de abrir espacios de comercialización en la ciudad.

c.Postulantes con producción agrícola o de alimentos procesados, orgánicos o agricultura urbana, vinculados a proyectos promovidos por la Alcaldía Mayor de Bogotá.

d.Postulantes que hayan tomado y aprobado cursos promovidos por el IPES en cualquiera de sus programas que pretendan desarrollar un proyecto económico en las plazas de mercado distritales.

Actividades económicas permitidas en plazas distritales de mercado administradas por el IPES.

Código CIIU

Actividades Económicas Permitidas en PDM

Código CIIU

Actividades Económicas Permitidas en PDM

1020

Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos

4762

Artículos deportivos

1051

Elaboración de Harinas y cereales

4769

Artículos para la cultura y el entretenimiento

1062

Café molido

4771

Tiendas de ropa y accesorios

1063

Elaboración de otros productos de café

4772

Tiendas de calzado y artículos de cuero Tiendas de calzado deportivo

4631

Comercio al por mayor, Frutas, verduras, legumbres, productos orgánicos, lácteos, huevos, cárnicos, Panela y harinas, Alimentos procesados para mascotas

4773

Farmacias Productos farmacéuticos veterinarios Tiendas naturistas

4711

Graneros Abarrotes (Se exceptúan bebidas alcohólicas y tabaco)

4774

Tiendas de fotografía, Relojería, Joyería, Floristería, Galería de arte

4721

Frutas, Verduras (hortalizas) líchigo Legumbres, Frutos secos, Frutos orgánicos, Pulpas, Hierbas, Mercado Campesino, Productos orgánicos

5229

La organización de envíos de grupo e individuales (incluso recogida y entrega de mercancías y agrupación de envíos). Actividades logísticas: Operaciones de planeación, diseño y soporte de transporte, almacenamiento y distribución

4722

Lácteos, Huevos

5221

Parqueadero

4723

Carnes, Pollo, Pescados, Mariscos, Otros productos de mar, Charcutería, Salsamentaría

5611

Restaurante

4724

Licoreras, Cava de vinos

5612

Restaurante autoservicio

4729

Frutos secos, Dulcerías

5613

Cafetería

4741

Productos Electrónicos y de comunicaciones

5619

Fritanguerías, Fruterías, Comidas rápidas

4742

Comercio al por menor de equipos y aparatos de sonido y de video

6412

Bancos comerciales Cajeros

4751

Comercio al por menor de productos textiles

6619

Oficinas de giros, encomiendas Corresponsal bancario

4752

Ferretería

6615

Compra y venta de divisas

4753

Decoración interior (cortinas, alfombras, tapices, etc.)

7912

Agencias de turismo

4754

Muebles y electrodomésticos

9101

Salas de lectura, audio y proyección

4755

Utensilios de uso doméstico (loza, cristalería, cerámicas, porcelanas) Lencería para el hogar, Instrumentos musicales, Artículos de mimbre

9200

Venta de billetes de lotería Venta de apuestas permanentes o chance Apuestas en línea

4759

Artesanías y artículos religiosos, Baratillos – remates, Misceláneas, Abonos orgánicos - Accesorios y alimentos concentrados para mascotas

9512

Arreglo de celulares

4761

Librería y papelería miscelánea

  

Oferta de módulos para mercado itinerante en plazas distritales de mercado.

En algunas de las plazas distritales de mercado se ofertan módulos para mercado itinerante en un lapso de tiempo u horario, y con el pago de una tarifa establecida por el IPES. La administración de la plaza de mercado distrital determinará y establecerá los espacios o áreas de las ubicaciones para desarrollar las actividades itinerantes, conforme a su disponibilidad respecto de cada jornada. La jornada no puede exceder el día. Inicia y termina en la hora señalada por la entidad. Las tarifas de asignación de módulo para mercado itinerante en PDM se encuentran publicadas en el siguiente link: ipes.gov.co/index.php/programas/plazas-de-mercado 

En aquellas plazas reconocidas como atractivo turístico de la ciudad, se deberá coordinar con el Instituto Distrital de Turismo los programas dirigidos al aprovechamiento turístico de las mismas

Hasta la fecha, en las plazas distritales de mercado de Los Luceros, San Carlos, San Benito, Las Cruces, Kennedy, Fontibón y Veinte de Julio, se podrán desarrollar actividades de mercados itinerantes enfocadas al abastecimiento de productos de primera necesidad alimentaria, en todo caso se tienen por permitidas las actividades y productos autorizados por la Resolución 267 de 2020 y no se permitirá las actividades prohibidas en el mismo estatuto o la comercialización de productos prohibidos o ilegales. (ver resolución en el siguiente link: ipes.gov.co/index.php/programas/plazas-de-mercado).

El IPES podrá, por razones de orden público, fuerza mayor o caso fortuito, determinar el cierre transitorio del mercado itinerante en la plaza de mercado distrital.

A continuación se relacionan los espacios disponibles en Plazas Distritales de Mercado a corte del 31 de Marzo de 2024:

https://www.ipes.gov.co/images/Plazas_de_Mercado/locales-disponibles/ESPACIOS-DISPONIBLES-EN-PLAZAS-DISTRITALES-DE-MERCADO.pdf

Los locales se asignarán de 1 a 4 años, de acuerdo con la solicitud del postulante.

¿Qué se debe hacer?

El postulante debe realizar las siguientes actividades:

  1. Consultar los requisitos y locales disponibles en la página web del IPES, servicio al ciudadano, guía de trámites y servicios.
  2. Radicar Carta de solicitud indicando local y plaza de su interés, actividad económica a desarrollar, sus datos personales, datos de residencia, datos de contacto incluido, correo electrónico y grupo de espacio solicitado de acuerdo a la clasificación.
  3. Suscribir contrato, en caso de ser aprobada la asignación, previa presentación de documentos de cumplimiento de normas sanitarias y ambientales, permisos y licencias requeridos por la autoridad competente según la actividad económica.
  • La radicación se debe realizar por los canales autorizados por la entidad (Ventanilla de radicación y al Correo electrónico gestiondocumental@ipes.gov.co).
  • Resolución 267 de 2020"Por medio de la cual se deroga la Resolución 018 de 2017 y la Resolución 620 de 2019; y se expide el Reglamento Administrativo, Operativo y de Mantenimiento de las Plazas de Mercado del Distrito Capital de Bogotá”.
  • Resolución 290 de 2014 “Por la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos que aplican  para cumplir con las obligaciones formales y sustanciales para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los tributos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá, DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda”.
  • Decreto 2537 de 1993 "Por el cual se reglamenta el artículo 174 del Decreto-Ley 1421 de 1993".

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