Así rige el pico y placa para vehículos particulares durante agosto en Bogotá

Pico y placa para vehículos particulares del 1 al 31 de agosto de 2023Foto: Secretaría de Movilidad
Este mes hay dos festivos en los cuales aplica el pico y placa regional ¡Te explicamos!
Publicado:
31
Jul
2023
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En Bogotá, el pico y placa para vehículos particulares rige de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.

La medida aplica de la siguiente manera: 

  • Días impares no pueden circular placas terminadas en 6-7-8-9-0 
  • En días pares no pueden circular placas terminadas en 1-2-3-4-5

Pico y placa para carros particulares en agosto

Semana del 1 al 6 de agosto

  • Martes 1: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Miércoles 2:La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5 
  • Jueves 3: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0 
  • Viernes 4: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5  
  • Sábado 5: No aplica
  • Domingo 6: No aplica

Semana del 7 al 13 de agosto

  • Lunes festivo 7: Aplica el pico y placa regional
  • Martes 8: La restricción aplica para placas terminadas en  1-2-3-4-5 
  • Miércoles 9: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
  • Jueves 10: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5 
  • Viernes 11: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Sábado 12: No aplica
  • Domingo 13: No aplica


Semana del 14 al 20 de agosto

  • Lunes 14: La restricción aplica para placas terminadas en   1-2-3-4-5 
  • Martes 15: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Miércoles 16:La restricción aplica para placas terminadas en  1-2-3-4-5 
  • Jueves 17: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Viernes 18: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5 
  • Sábado 19: No aplica
  • Domingo 20: No aplica

Semana del 21 al 27 de agosto

  • Lunes festivo 21: Aplica el pico y placa regional
  • Martes 22: La restricción aplica para placas terminadas en  1-2-3-4-5 
  • Miércoles 23:La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Jueves 24: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5 
  • Viernes 25: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
  • Sábado 26: No aplica
  • Domingo 27: No aplica

Semana del 28 al 31 de agosto

  • Lunes 28: La restricción aplica para placas terminadas en   1-2-3-4-5 
  • Martes 29: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0
  • Miércoles 30:La restricción aplica para placas terminadas en  1-2-3-4-5 
  • Jueves 31: La restricción aplica para placas terminadas en  6-7-8-9-0

Pico y placa regional

El pico y placa regional opera el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca el Distrito, en los nueve corredores de ingreso a Bogotá. 

Cuando hay pico y placa regional, entre las 12:00 p. m. y las 4:00 p. m. solo podrán ingresar a la capital los carros de placas que finalizan en números pares (0, 2, 4, 6 y 8), mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m., el ingreso será únicamente para carros cuya placa termina en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).