Alcaldía Mayor de Bogotá autorizó nuevas tarifas para el servicio público individual tipo taxi

Publicado:
16
Ene
2013
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La Alcaldía Mayor de Bogotá autorizó las nuevas tarifas para los taxis, de acuerdo con el Decreto 618 de 2012, quedando el valor de la unidad para el servicio de transporte público individual de pasajeros en setenta pesos ($70).

Los valores del banderazo o arranque, serán de 25 unidades y un valor de $1.800 pesos, la carrera mínima quedó en $3.500 pesos, el recargo nocturno será de 24 unidades, es decir, de $1.700 pesos, el recargo al y del Aeropuerto y Puente Aéreo será de $3.500 pesos, para el año 2013. El servicio de puerta a puerta y recargo desde la Terminal de Transporte sigue igual.

Ítem

Unidades

2012

2013

Valor unidad cada 100 metros

1

$ 68

$ 70

Arranque o banderazo

25

$ 1.700

$ 1.800

Valor por cada 30 segundos de espera

1

$ 68

$ 70

Recargo al y del Aeropuerto y Puente Aéreo

50

$ 3.400

$ 3.500

Recargo nocturno (20:00 a las 5:00 horas) - dominical y festivo

24

$ 1.600

$ 1.700

Carrera mínima

50

$ 3.400

$ 3.500

Servicio por hora

225

$ 15.300

$ 15.800

Puerta a puerta

9

$ 600

$ 600

Recargo desde el terminal de transporte

7

$ 500

$ 500


Para el cobro de la tarifa autorizada, deberá estar visible la nueva tabla informativa de valores y unidades, en la parte trasera del espaldar del puesto del acompañante del vehículo, como lo disponen los artículos 50 y 51 del Decreto Nacional 172 de 2001.

El recargo por el servicio desde el Terminal de Transporte S.A. se cobrará a partir de la fecha que defina en acto administrativo, la Secretaría Distrital de Movilidad, con base en el reporte de inicio de operaciones que haga el Terminal de Transporte S.A.

La Secretaría Distrital de Movilidad es la encargada de fijar la tarifa y vigilar el estricto cumplimiento del cobro de los valores autorizados, así como ejercer el control del cobro de la tarifa mediante el uso de dispositivos adecuados técnica y específicamente para tales fines.

Cabe recordar que el único documento que legaliza la operación de un taxi es la tarjeta de operación, la cual debe estar respaldada por una de las empresas de transporte público individual autorizadas para operar en la ciudad. El trámite para la expedición o renovación de la misma se debe adelantar ante el SIM (Servicios Integrales para la Movilidad).

Durante el 2012, fueron sancionados 3.298 taxistas por conducir un vehículo de servicio público que no lleve el aviso de tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura y 465 conductores de taxis por conducir con el taxímetro dañado, con los sellos rotos o etiquetas adhesivas con calibración vencida o adulteradas.

A la fecha circulan en la ciudad 51.628 vehículos de transporte público individual debidamente autorizados.