Desde el 27 de agosto, Bogotá permite que bares abran hasta las 3 de la mañana

Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad.
Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad.
Publicado:
27
Ago
2021

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La Alcaldía Mayor de Bogotá mediante Decreto 318 de 2021 autorizó a los bares y establecimientos de comercio que expenden bebidas alcohólicas para consumir en el mismo sitio puedan desarrollar su actividad, entre las 10 a.m. y 3 a.m., a partir del 27 de agosto. 

Este mismo horario será aplicable para el expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el marco de conciertos y eventos masivos de carácter cultural.

Todos los establecimientos de comercio que desarrollen la actividad económica de bares, gastrobares, lugares de baile y discotecas, deberán realizar la inscripción de los protocolos de bioseguridad en el link https://bogota.gov. co/reactivacioneconomica/#registros e implementar los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución No. 777 de 2021 o en la norma que la modifique, adicione o derogue.

El Decreto 318 rige a partir de su publicación y modifica el artículo 9 del Decreto Distrital 277 de 2021, las demás disposiciones previstas en este Decreto que no fueron modificadas continuarán vigentes.

Conoce el Decreto 318 https://bogota.gov.co/sites/default/files/inline-files/decreto-318-de-2021-modificacion-art-9-decreto-277.pdf