Secretaría Distrital de Salud ha clausurado 20 supermercados por no cumplir con las condiciones sanitarias

Publicado:
16
Abr
2014
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La Secretaría Distrital de Salud, a través de la Dirección de Salud Pública y los hospitales de la Red, realiza la vigilancia sanitaria en los establecimientos que comercializan alimentos y bebidas, con el fin de verificar  que se cumplan los estándares contemplados en las normas sanitarias vigentes y controlar  los factores de riesgo asociados a su consumo.

En caso de incumplimiento de la normatividad vigente se aplican las medidas sanitarias de seguridad como la clausura del establecimiento y el decomiso de productos. Es importante recalcar que las medidas se levantan cuando se comprueba que el establecimiento ha superado los problemas detectados en la visita de inspección.

Este año, en el periodo comprendido entre enero y marzo, en Bogotá se han realizado 563 visitas a supermercados en las cuales se emitieron 101 conceptos favorables (cumplen con las condiciones sanitarias y Buenas Prácticas de Manufactura), 409 pendientes (cumplen parcialmente las condiciones sanitarias y aplican Buenas Prácticas de Manufactura. Este tipo de establecimientos tienen fallas que no ponen en riesgo la salud) y 53 conceptos desfavorables (no cumplen las condiciones sanitarias y Buenas Prácticas de Manufactura).

Las medidas sanitarias de seguridad aplicadas a supermercados en el mismo periodo, fueron: 20 clausuras por inadecuada limpieza y desinfección; falta de mantenimiento en instalaciones, equipos y utensilios; falta de dotación de manipuladores y falta de cursos de manipulación.

También se aplicaron 281 medidas de decomiso correspondientes a 9.607 Kg de productos como: derivados lácteos, carnes, productos de la pesca y sus derivados, grasas, aceites y panela. Igualmente se decomisaron 392 litros de productos como: agua envasada, gaseosa y bebidas alcohólicas por incumplimiento de rotulado, ausencia de registro sanitario, productos vencidos, inadecuado almacenamiento e incumplimiento de parámetros de calidad.

Vale tener en cuenta que una vez se aplica la medida sanitaria de seguridad, se procede inmediatamente a iniciar el respectivo procedimiento sancionatorio acorde con la Ley 1437 de 2011.  La tasación de la multa se efectúa según las circunstancias de atenuación o agravación de la falta y la misma puede oscilar entre 1 y 10.000 salarios diarios  mínimos legales vigentes, conforme la Ley 09 de 1979.

En el año 2013, durante el mismo el periodo (enero a marzo), en Bogotá se realizaron  387 visitas a supermercados que derivaron en 55  conceptos favorables, 291 pendientes y 41 conceptos desfavorables.   Las medidas sanitarias de seguridad aplicadas a supermercados consistieron en 4 clausuras, 348 medidas de decomiso correspondientes a 11.224 Kg de productos y  2.554 litros de bebidas por incumplimiento de los parámetros de calidad.