Solicite certificación de pago del Impuesto Vehicular en tres SuperCADE

Pago de Impuestos
Pago de impuestos - Foto: Secretaría de Hacienda
Publicado:
20
Abr
2015
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En los módulos de la Secretaría Distrital de Hacienda – SHD- de los SuperCADE CAD, Américas y Suba, las personas interesadas en certificar los pagos efectuados a los impuestos distritales y que aún no se encuentren reflejados en la cuenta corriente contribuyente o para certificar pagos sobre los cuales exista duda de su autenticidad, pueden hacerlo.

La atención en los tres SuperCADE es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. Conozca direcciones de los puntos. Para agenda sus cita, comuníquese a la Línea 195 las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

En cualquiera de los SuperCADE presente los siguiente documentos:

  • Original o fotocopia del Impuesto Sobre Vehículos Automotores o de los pagos efectuados objetos de certificación.
  • Carta explicativa indicando el motivo de la solicitud.
  • Original o fotocopia de la cédula de ciudadanía o extranjería si es persona natural, si es persona jurídica presente el NIT, copia del Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a noventa (90) días.

Si el trámite lo realiza un tercero deberá estar debidamente autorizado por quien corresponda, aportando los siguientes requisitos:

Si es persona natural:

  • Carta de autorización firmada por el contribuyente (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del contribuyente.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

Si es persona jurídica:

 

  • Carta de autorización firmada por representante legal (en la carta se debe indicar el nombre y número de identificación del autorizado, así como el trámite que se requiere).
  • Fotocopia del documento de identificación del representante legal.
  • Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, con vigencia no mayor a noventa (90) días.
  • Fotocopia del documento de identificación del autorizado.

Como respuesta, el solicitante recibe un documento que muestra el concepto de la declaración y/o pago, el monto y la fecha de recibo. Este documento es de entrega inmediata; sin embargo, de requerirse verificación de autenticidad, es decir, si el monto que aparece en la certificación no es el mismo del formulario presentado por el contribuyente, el trámite requiere que se haga por medio escrito a la Oficina de Control Agentes de Recepción y Recaudo. En cuyo caso el tiempo de respuesta es de quince (15) días hábiles.

Los ciudadanos también pueden obtener el certificado a través de internet, ingresando a 'Consulta de pago de Impuestos Distritales'.

Para ampliar la información visite la Página Web de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Twitter: 
@ServiCiudadano
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