Denuncie excesos en cobros de matrícula y útiles escolares en las localidades de Bogotá

Denuncie excesos en cobros de matrícula y útiles escolares en las localidades de Bogotá
Foto: elcomercio.pe
Publicado:
18
Ene
2015
Escucha la noticia

La Secretaría de Educación del Distrito (SED) hace un llamado a madres y padres de familia para que denuncien las conductas irregulares o cobros excesivos de matrículas y pensiones, por parte de los colegios privados, y recuerda que la exigencia de bonos, cuotas, donaciones, aportes a capital o tarifas adicionales por parte de estos establecimientos educativos, están prohibidos por la ley (Artículo 203 Ley 115 de 1994 y Artículo único Ley 1269 de 2008).

El incremento en las tarifas de matrículas y pensiones de colegios privados es reglamentado y autorizado por el Ministerio de Educación, en virtud de la calidad del servicio educativo ofrecido, el cual se expresa en el régimen en el cual se halla clasificado el colegio además de los indicadores de calidad como los resultados de las Pruebas Saber y la certificación o acreditación de la institución en ISO9001. Para el año escolar 2015, el incremento autorizado se estableció entre el 2.0% y el 5.1%, según Resolución 15168 de 2014.

Es importante recalcar que para que un colegio incremente sus costos en el valor máximo autorizado (hasta 5.1% en el segundo año y siguientes ofrecidos), debe tratarse de un establecimiento que cumpla con las anteriores condiciones. En los demás casos, el incremento aplicable sobre el año y grado anterior estará determinado por el régimen al cual pertenezca la institución educativa:
  • Régimen Controlado: Desde el 2.0% hasta el 2.4%

  • Régimen de Libertad Vigilada: Entre el 2.4% y el 2.9%

  • Régimen de Libertad Regulada por puntaje: 2.9% y el 4.1%

  • Régimen de Libertad Regulada por Certificación o Acreditación: Entre el 3.6% y el 5.1%

Si los resultados de las Pruebas SABER11 ubican al colegio en los niveles más altos (alto, superior y muy superior), los incrementos podrán llegar hasta el 4.1% por tratarse de colegios clasificados en el Régimen de Libertad regulada por puntaje.

Útiles Escolares:

La lista de útiles escolares, textos, uniformes y demás implementos que se usarán durante el año escolar, tienen que contar con la aprobación del Consejo Directivo del colegio y ser entregada en el momento de la matrícula. Los colegios no podrán exigir que estos materiales le sean entregados a la institución, ya que la normatividad señala que pueden ser administrados desde cada uno de los hogares de los estudiantes. Igualmente, los colegios tienen la prohibición de vender directamente alguno de estos elementos.

Cabe recordar que esta lista de útiles debe ser coherente con el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del respectivo establecimiento. La SED establece las condiciones que deben tener los útiles y materiales escolares:

• Los colegios no pueden solicitar materiales de dotación que ellos deben proveer tales como: implementos de aseo, material didáctico propio de las áreas y proyectos, pinturas, marcadores, etc.

• No pueden solicitar textos o útiles que estén fuera de la lista aprobada o cantidades que excedan lo establecido.

• No pueden exigir marcas específicas.

• No pueden exigir la compra en lugares exclusivos.

• Los colegios deben garantizar el uso del 100% de los materiales solicitados.

• No deben ser entregados a los colegios.

• Deben ser materiales esenciales para el desarrollo de los programas académicos.

Atención a quejas y soluciones:

Las quejas o reclamos por excesos de los colegios en las tarifas educativas y útiles escolares pueden presentarse ante la SED que ejerce su función de vigilancia y control contra estas actuaciones, con sanciones que van desde la amonestación pública, hasta la cancelación de la licencia, si las faltas cometidas son calificadas como muy graves.

Mecanismos para presentar quejas o reclamos:

• En forma escrita, verbal, o telefónicamente en la Dirección Local de Educación correspondiente.

• En forma verbal o escrita en la SED, Dirección de Inspección y Vigilancia (oficina de Atención al Ciudadano (avenida El Dorado No.66-63, 1er piso).

• Telefónicamente en la línea 324 10 00, extensiones 2309, 2311 ó 2313.

• Vía internet en la página web www.educacionbogota.edu.co, siguiendo la ruta: Servicios > Quejas y soluciones.